José Chamizo eleva una Resolución oficial al consejero de Gobernación y Justicia, Luis Pizarro, para que reglamente la concesión de los pases de callejón a la prensa gráfica en toda Andalucía, al observar una laguna que ha podido ser aprevechada por la delegada Carmen Tovar para cambiar su propio criterio y poner en manos de la empresa privada Canorea-Valencia una posible lesión del derecho a la información de SEVILLA TAURINA.
Francisco Mateos.-
El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, tras observar indicios de una posible vulneración del derecho a la libertad de expresión y al acceso a la información en el caso denunciado por SEVILLA TAURINA referente al ‘veto encubierto’ de la delegada de la Junta, Carmen Tovar, ha decidido realizar una Resolución al propio consejero de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, Luis Pizarro. Como se ha informado, la delegada de la Junta de Andalucía en Sevilla, Carmen Tovar, decidió este año cambiar de criterio y, a diferencia de lo que había hecho hasta ahora -y lo que se sigue haciendo en el resto de Andalucía-, ha dejado en manos de la empresa privada Canorea-Valencia la elección de los medios gráficos para la temporada 2010, lo que se traducía en un ‘veto encubierto’ de la delegada Carmen Tovar hacia SEVILLA TAURINA. De hecho, pese a anunciarle por escrito que la empresa de la Maestranza retiraría de este forma el pase de callejón de nuestro fotógrafo -que la propia delegada había concedido el año anterior-, la delegada Carmen Tovar no hizo nada por evitarlo, incumpliendo lo establecido en el Artículo 207 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tras la queja formulada por SEVILLA TAURINA en marzo al Defensor del Pueblo Andaluz, éste ha requerido informes a la delegada Carmen Tovar, y tras estudiar el caso con su equipo jurídico, ha decidido elevar una Resolución oficial al consejero de Gobernación y Justicia de Andalucía, Luis Pizarro. El Defensor, en una farragosa y larga argumentación técnica-jurídica (cuatro folios), comienza indicándole al consejero Pizarro que «nos ponemos en contacto con V.E. en relación con el expediente de queja relativo a las cuestiones planteadas por SEVILLA TAURINA sobre actuaciones administrativas de la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla: no se le concede autorización o pase de burladero para el reportero gráfico de SEVILLA TAURINA -que además presta servicio para otros portales-, variándose el criterio que en anteriores temporadas se había aplicado por la propia Delegación de Gobierno, que ahora remite para la concesión del citado pase a la empresa gestora de los espectáculos taurinos de la maestranza de Sevilla para la temporada que se iniciaba el 6 de abril de 2010″.
Tras esta fijación de la cuestión, el Defensor del Pueblo Andaluz comienza a fundamentarle al consejero Luis Pizarro -ya deja al margen a la delegada Carmen Tovar– su decisión de resolver su Resolución oficial.
«Consideramos que el ordenamiento jurídico administrativo de aplicación a la materia de espectáculos taurinos adolece de laguna por falta de reglamentación, al dejar en manos de la entidad organizadora de un festejo taurino las acreditaciones a los medios gráficos y el acto concesional del pase de callejón. En ejercicio de las competencias que a la Institución corresponden por aplicación de lo establecido en el Artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos la siguiente Resolución:
Conforme a lo establecido en el Artículo 72.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo, por la que se aprobó la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, «corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva de espectáculos y actividades recreativas que incluye, en todo caso, la ordenación del sector, el régimen de intervención administrativa y el control de todo tipo de espectáculos en espacios y locales públicos».
Entre los citados espectáculos se incluyen los espectáculos taurinos, existiendo la correspondiente regulación de estos, tanto a nivel estatal (Ley 10/1991, de 4 de Abril), como autonómico (Decreto 68/2006), de 21 de Marzo, por el que se aprobó el Reglamento de espectáculos taurinos de Andalucía).
En nuestra opinión, la permanencia y estancia de personas en los callejones de las plazas de toros y durante la celebración de espectáculos taurinos autorizados, demanda, en aras de la seguridad durante el desarrollo de tales espectáculos, la existencia de una actuación previa administrativa de control y supervisión; esto es, la existencia de una autorización administrativa a tal fin.
Es por ello que formulamos Recomendación en orden a que por la Consejería de Gobernación y Justicia -en ejercicio de las funciones que le corresponden, por aplicación de lo establecidio en el Artículo 45.1, a), de la Ley 6/2006, de 24 de Octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su redacción dada por la Ley 1/2008, de 27 de Noviembre, de medidas tributarias y financieras de impulso de la actividad económica de Andalucía y de agilización de procedimientos administrativos, para la iniciación de procedimiento para la elaboración de reglamento, previo acuerdo de la persona titular de la Consejería y disponiendo su elaboración por el Centro Directivo competente, se regule para toda la Comunidad Autónoma la ordenación y permanencia de personas vinculadas al desarrollo y realización de los espectáculos taurinos (lidiadores y subalternos, médicos, seguridad, veterinarios, genaderos, mozos, alguacilillos, medios de comunicación acreditados, etc) en los callejones de las plazas de toros. Ello, en aras de la seguridad en los referidos espectáculos.
Finalmente, nos cabe indicar que la imputación de conducta, presuntamente lesiva para la libertad de información y expresión que efectúa la promovente de la queja en referencia a que se incurriría en la misma al impedirse el acceso a su reportero gráficio al burladero destinado a tal fin en el callejón de la Maestranza, dado que esta imputación recaería sobre la actuación llevada a cabo por la empresa gestora y promotora de los espectáculos en la plaza de toros citada, por tratarse de una entidad jurídica privada, no podemos adoptar ninguna decisión para la supervisión de la actuación seguida por la citada entidad; no obstante, tomando en consideración la alegación de la interesada referida a la aplicación de lo establecido en el Artículo 207 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y la obligación de los poderes públicos de velar por el respeto a al libertad de expresión y al derecho a una información independiente, veraz y plural, es por lo que -además de por las razones y argumentos indicados respecto a la falta de regulación- efectuamos la anterior Resolución.
Esperamos respuesta sobre la Resolución formulada, en la que por la Administración se deberá poner de manifiesto la aceptación de la misma o las razones para la no aceptación, en su caso».
Lo que quiere decir el Defensor
La argumentación del Defensor del Pueblo Andaluz, en primera instancia, da la razón a SEVILLA TAURINA frente al ‘extraño’ cambio de criterio de la delegada Carmen Tovar al dejar este año en manos de la empresa Canorea-Valencia la concesión de las acreditaciones de prensa gráfica en el callejón. Al margen de la complejidad de la argumentación técnico-jurídica, lo que José Chamizo viene a requerirle al consejero Luis Pizarro es que la delegada Carmen Tovar, aprovechando cierta laguna en el Reglamento Taurino Andaluz en cuanto a la expedición de los pases de callejón para la prensa gráfica, ha dejado en manos de la empresa Canorea-Valencia dicha expedición. Al ser una empresa privada, nada tiene que decidir sobre su actuación (veto a SEVILLA TAURINA).
Sin embargo, José Chamizo observa en este ‘extraño’ cambio de criterio que ha dado como resultado una más que posible lesión del derecho a la información, en referencia a SEVILLA TAURINA, que venía ejerciendo su labor en los años precedentes en el callejón, por lo que insta al consejero Luis Pizarro a regular para todas las plazas de Andalucía una normativa única que determine el proceso de concesión de credenciales al callejón, entre otros para la prensa gráfica. Además, el Defensor propone que al ser la Junta de Andalucía la que por Reglamento tiene que velar por la seguridad de los callejones, debería ser la propia Junta de Andalucía la que previamente conceda dichos pases de callejón (y no la empresa privada, como ha ocurrido excepcionalmente este año) con la existencia de una autorización administrativa a tal fin. Es decir, que como siempre se ha hecho, sea la Delegación de la Junta de Andalucía la que conceda los pases de callejón a la prensa gráfica, y no la empresa Canorea-Valencia. Además, le recuerda que de esta forma se estaría cumpliendo lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Andalucía, que insta a la Junta de Andalucía a velar por el derecho a una información independiente, veraz y plural.
NOTICIAS RELACIONADAS
- El Defensor del Pueblo Andaluz respalda a SEVILLA TAURINA frente al veto encubierto de Carmen Tovar (Jueves, 21 de octubre)
- La delegada Carmen Tovar le miente al Defensor del Pueblo Andaluz (Miércoles, 2 de junio)
- José Chamizo admite a trámite dos quejas de SEVILLA TAURINA por actuaciones de la delegada Carmen Tovar (Jueves, 29 de abril).
- Primer contacto de José Chamizo con Carmen Tovar (Viernes, 9 de abril).
- El Defensor del Pueblo tramitará de urgencia una nueva queja sobre la delegada Carmen Tovar (Miércoles, 7 de abril).
- SEVILLA TAURINA, también vetada en el callejón (Martes, 6 de abril).
- La Junta en Sevilla cede poder a la empresa Pagés sobre el callejón (Jueves, 1 de abril).
- La empresa de la Maestranza veta por segundo año a SEVILLA TAURINA (Miércoles, 31 de marzo).
- SEVILLA TAURINA recurre al Defensor del Pueblo andaluz para pedir explicaciones a Carmen Tovar (Jueves, 25 de marzo).
- OPINIÓN.- Mentira y mentiroso (III): el artículo excluido (Viernes, 19 de marzo).
- OPINIÓN.- Mentira y mentiroso (II) (Jueves, 18 de marzo).
- OPINIÓN.- Mentira y mentiroso (I) (Martes, 16 de marzo).