El veterano diestro sevillano Paco Camino está siendo investigado por la Adudiencia de Sevilla para esclarecer la venta de una finca de éste en el término municipal de su localidad natal de Camas, ya que dicha finca estaba gravada con un embargo, aspecto que no informó el matador al comprador.
Redacción.-
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado investigar al veterano torero sevillano Paco Camino al entender que existen indicios de delito en una operación urbanística por la que el torero vendió una finca localizada en su localidad natal de Camas a una promotora por un millón de euros, ya que habría vendido la referida finca sin informar de que pesaba sobre ella un embargo a favor de Caja España de Inversiones.
En auto fechado a 29 de abril de 2010, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial revoca el auto de archivo decretado en noviembre de 2009 por el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, estimando de esta manera el recurso elevado por la entidad Promociones Nogon S.L., ya que considera que «existen indicios de la realización de unos hechos con relevancia penal».
En este sentido, relata que la entidad denunciante celebró un contrato de compraventa «ciertamente complejo» en diciembre de 2004 por el que adquiría del torero una finca, «sobre la que pesaban ciertas cargas y gravámenes», abonando para ello un millón de euros, todo ello «con el compromiso expreso de que las mismas serían levantadas por el vendedor, debiendo tener su reflejo en el Registro de la Propiedad, lo que no ha acontecido». Igualmente, la Sala añade que, «como quiera que el destino de la finca rústica fuera la ulterior edificación, se fijaban una serie de pactos por los que el vendedor colaboraría en una recalificación que lo permitiera, fijándose diversas partidas de dinero dependiendo de que tal objetivo se cumpliera».
No obstante, llama la atención sobre el hecho de que el 24 de abril de 2008 consta en el Registro de la Propiedad «la anotación preventiva de un embargo ulterior, a favor de Caja España de Inversiones», y dice que «resulta preciso conocer, entre otros extremos, la causa de la misma, y muy concretamente si ésta es anterior o posterior a la venta del inmueble». Tras añadir que «debe concordarse con el instructor que el incumplimiento de las cláusulas del contrato, en concreto el compromiso del levantamiento de las cargas que pesaban sobre la finca en el momento del otorgamiento de la escritura pública, así como las vicisitudes de la posterior cesión de derechos, ostentan un carácter civil», la Sala precisa que «no se encuentra en el mismo supuesto la anotación preventiva de un embargo ulterior a favor de Caja España de Inversiones».
Por todo ello, estima la Audiencia Provincial que «existen indicios de la realización de unos hechos con relevancia penal», por lo que el archivo de la causa «no resulta posible, debiendo continuar la instrucción para alcanzar su esclarecimiento».