Usó estoque en Huelva sin un previo rejonazo

La Junta de Andalucía propone para sanción a Diego Ventura

0
2552
Ventura entra a matar a estoque al sexto sin usar previamente el rejón de muerte. (FOTO: Pérez Marín)
Ventura entra a matar a estoque al sexto sin usar previamente el rejón de muerte. (FOTO: Pérez Marín)

El rejoneador sevillano Diego Ventura ha sido propuesto para sanción por la Delegación en Huelva de la Junta de Andalucía por usar en su encerrona en Colombinas el estoque de toreo a pie en el sexto, echando pie a tierra, sin que previamente hubiera usado el rejón de muerte, tal y como indica el Reglamento Taurino.

Vicente Parra.-

     La Delegación de la Junta de Andalucía en Huelva ha propuesto para sanción al rejoneador sevillano Diego Ventura, según ha podido conocer SEVILLA TAURINA. Aunque, una vez más, se siga incumpliendo el artículo 70.11 del vigente Reglamento Taurino de Andalucía, de vez cuando los aficionados tenemos oportunidad de conocer algunos de los procedimientos sancionadores incoados por cada Delegación Provincial de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de la Junta de Andalucía en relación con las infracciones que se cometen a lo largo de la temporada en los cosos andaluces.

     El aludido artículo 70 hace referencia a los derechos de los espectadores y, en su punto 11, señala que «los espectadores tienen derecho a conocer las sanciones firmes en vía administrativa que se impongan por los órganos competentes de la Junta de Andalucía. A tal fin, la Dirección General competente en materia de espectáculos taurinos y las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en sus respectivas provincias, darán a conocer, anualmente, a través de los medios de comunicación social, en especial a los de la provincia y localidad donde se cometió la infracción, la relación detallada de dichas sanciones firmes».

     Cierto es que aún los procedimientos incoados no han concluidos, por lo que sus resoluciones tampoco son firmes. Sin embargo, bien podría haberse dado a conocer las propuestas de sanción elevadas por la autoridad competente a los órganos decisorios para el conocimiento de los aficionados y, una vez que se hayan resueltos los expedientes, dar a conocer su veredicto.

     Dado que esto no se ha producido, podemos adelantar que en el BOJA nº 224, del día 15 de noviembre, se inserta anuncio de 29 de octubre por el que se publica el acto administrativo relativo al procedimiento sancionador en materia de espectáculos taurinos, concretamente el referido al expediente 21/3087/2012/ET, de fecha 25 de septiembre.

     A través de dicho acto administrativo se acuerda el inicio de expediente sancionador seguido contra Diego Antonio de Espíritu Santo Ventura, ‘Diego Ventura’ en el mundo taurino, por infracción del artículo 57.2 (que prohíbe a los lidiadores «ahondar el estoque que la res tenga colocado, apuntillarla antes de que caiga o herirla de cualquier otro modo para acelerar su muerte») y del artículo 66.5 («los rejoneadores no podrán clavar a cada res más de tres rejones de castigo ni más de cuatro farpas o pares de banderillas. Ordenado el cambio de tercio por la presidencia, el rejoneador empleará los rejones de muerte, sin que pueda echar pie a tierra o intervenir el profesional subalterno que a pie le auxilie, para dar muerte a la res, si previamente no se hubiera colocado, al menos, un rejón de muerte»).

     Aunque no se menciona el lugar de la infracción, todo hace suponer que fue durante su actuación en la plaza de Huelva en la tarde del 5 de agosto (VER). Diego Ventura echó pie a tierra en el sexto, de Juan Pedro Domecq, y lo toreó con la muleta en dos tandas. Este aspecto no está regulado por la normativa taurina andaluza y no debe ser parte de la propuesta de sanción. Sin embargo, y a diferencia de cómo hizo hace alguna temporada en Ronda, el jinete sevillano no subió de nuevo al caballo, sino que cogió un estoque de torero y ejecutó la suerte suprema también a pie, sin usar previamente al menos un rejón de muerte desde el caballo, tal y como indica el Reglamento Taurino de Andalucía.

     Ahora, el rejoneador tiene un plazo para presentar las alegaciones que considere oportunas contra esta propuesta de sanción y, tras las mismas, la Administración resolverá el expediente, esperando que dicha resolución, como señala el artículo 70.11 del Reglamento Taurino de Andalucía, se haga pública para el conocimiento de los espectadores.

     Por otra parte, esta misma semana también se han publicado otros dos anuncios de sendos procedimientos incoados por una presunta infracción consistente en la reventa de localidades que se suponen fueron cometidas también en la capital onubense en vísperas de las Fiestas Colombinas.

Dejar respuesta

20 + 7 =