VETO Junta-Canorea a SEVILLA TAURINA

La JUNTA de ANDALUCÍA vería «normal» que los empresarios impusieran un canon a los fotógrafos

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El socialista José Antonio Griñán, presidente de la Junta de Andalucía.
El socialista José Antonio Griñán, presidente de la Junta de Andalucía.

En el intento de justificación de la Junta de Andalucía frente al Defennsor del Pueblo Andaluz para no acatar la Resolución a favor de SEVILLA TAURINA, el Gobierno andaluz llega a sugerir que no sólo el empresario puede elegir a los fotógrafos «que considere oportuno» para acceder al callejón, sino que podría exigirles el pago de un canon. 

Francisco Mateos.-

     La sorprendente respuesta de la Junta de Andalucía al Defensor del Pueblo Andaluz (sin argumentos jurídicos que lo sostengan, según el propio Defensor) para no acatar la Resolución a favor de SEVILLA TAURINA sobre el contencioso del veto de la empresa Pagés a este portal para acceder al burladero de gráficos, incluye justificaciones que podrían suponer un cambio en el sistema actual.

     En uno de los intentos de justificación para no acatar la Resolución del Defensor a favor de SEVILLA TAURINA, la Junta de Andalucía explica por escrito al Defensor andaluz no sólo le parece adecuado que sea el empresario el que decida a los fotógrafos «que considere oportunos» para que accedan al burladero de gráficos en el callejón de la plaza, sino que incluso vería «normal» que el empresario impusiera un canon a los fotógrafos taurinos por realizar su trabajo profesional.

     El supuesto razonamiento textual de la Junta de Andalucía es el siguiente: «Si bien el derecho fundamental a la propia imagen de los profesionales y ejecutantes en un espectáculo no impedirá su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público, tal y como recoge la Ley del Derecho a la Imagen, no es menos cierto que el rendimiento económico de las mismas le pertenecen exclusivamente, en estos casos, al propio empresario y a los profesionales actuantes, de ahí que sea normal que en cualquier espectáculo público se abonen por parte de los medios gráficos, videográficos o audiovisuales los correspondientes derechos de imagen del evento que se organice con fines lucrativos».

     Con ello, la Junta de Andalucía no sólo no observa problema alguno en que sea el empresario taurino el que decida qué fotógrafos acceden al burladero de gráficos, incluso pudiendo decidir a su antojo el número de fotógrafos (no tiene obligación ni tan siquiera de cubrir totalmente el burladero, permitiendo la Junta de Andalucía que el empresario pueda dejar fuera a fotógrafos mientras mantiene el burladero medio vacío, si quiere), ejerciendo así el derecho a veto, sino que además vería normal que el empresario solicitara a los fotógrafos o sus medios el pago de un canon por realizar fotografías en un espectáculo que él organiza con fines lucrativos.


 

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