La Junta de Andalucía, en su contestación negativa al Defensor del Pueblo Andaluz para retirar la polémica Instrucción 1/2011, llega a interpretar que «el mayor interesado en difundir el espectáculo es el propio empresario», y recuerda que a él le pertenecen los rendimientos económicos, por lo que «es normal en cualquier espectáculo público que se abonen por parte de los medios gráficos los correspondientes derechos de imagen».
Francisco Mateos.-
La Junta de Andalucía dio un primer hachazo al derecho fundamental a la libertad y la igualdad de acceso a la información con la aprobación -hace un año- de la polémica Instrucción 1/2011, y ahora remata la faena dando un segundo hachazo y casi la puntilla con su curioso razonamiento e interpretación del asunto a la Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz, que se ha negado acatar. Esta negativa de la Junta de Andalucía a acatar la Resolúción del Defensor ha sido duramente contestada por el propio José Chamizo, que denunciará el caso ante el Parlamento andaluz y contestando que la negativa de la Junta «no está justificada ni argumentada jurídicamente».
La Junta de Andalucía, en su escrito negativo a la Resolución del Defensor y defendiendo su decisión de traspasar la responsabilidad sobre las acreditaciones de los fotógrafos taurinos del callejón a la empresa Pagés -en el caso de Sevilla-, explica que «al igual que en otros espectáculos públicos, el mayor interesado en su difusión es el propio empresario organizador». En condiciones normales debería ser así, que el empresario facilite a la prensa gráfica el desarrollo de su labor profesional, porque de esa forma se ofrecerá una mayor cobertura del espectáculo y por tanto una mayor incidencia en los medios. Pero todo ello suponiendo que la ‘difusión’ que el medio ofrezca sea de su ‘agrado’; porque ¿qué ocurre cuando la difusión consiste también, en alguna ocasión, explicar a los lectores que el organizador-empresario no ha hecho bien laa cosas, o que el espectáculo ha sido muy malo? En ese caso, la curiosa interpretación que realiza la Junta de Andalucía se vicia y no es imparcial; el empresario, si se le concede el derecho a seleccionar a los fotógrafos que quiera, puede usar esa potestad como medida de presión contra los fotógrafos y sus medios, ya que desde otra zona de la plaza que no sea el callejón dificilmente se pueden realizar fotos taurinas con calidad y profesionalidad, como ha argumentado el Defensor en su extensa Resolución.
Pero la Junta de Andalucía va más allá, y no sólo delega esta potestad que siempre ha ejercido -y debería ejercer, según el Reglamento Taurino andaluz- en la empresa privada, sino que además da vía libre a que las acreditaciones de fotógrafos taurinos se puedan llegar a ‘subastar’ al mejor postor. Por una parte, en la Instrucción 1/2011 la Junta sólo establece que el «empresario acreditará en el burladero de gráficos del callejón a los fotógrafos que considere oportunos«. Es decir, que puede acreditar al número máximo permitido para ese burladero, o a un menor número, pudiendo legalmente dejar vacíos huecos en ese burladero y permitirse el lujo de dejar a fotógrafos fuera de la plaza porque así «lo conidere oportuno». O dando un paso más, podría subastar -por ejemplo, a través de los medios que se publiciten en sus carteles, o aquellos con los que realice un intercambio publicitario gratuito en sus páginas a cambio de una acreditación de fotógrafo- las plazas del burladero de prensa gráfica.
Por si hubiera alguna duda, la Junta de Andalucía explica por escrito el derecho del empresario a solicitar de los fotógrafos taurinos y sus medios el pago de un dinero en concepto de derechos de imagen: «Si bien el derecho fundamental a la propia imagen de los profesionales y ejecutantes en un espectáculo no impedirá su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público, tal y como recoge la Ley del Derecho a la Imagen, no es menos cierto que el rendimiento económico de las mismas le pertenecen exclusivamente, en estos casos, al propio empresario y a los profesionales actuantes, de ahí que sea normal que en cualquier espectáculo público se abonen por parte de los medios gráficos, videográficos o audiovisuales los correspondientes derechos de imagen del evento que se organice con fines lucrativos».
Y es que, como ha dejado bien claro el Defensor del Pueblo Andaluz, la Junta de Andalucía no puede delegar su resonsabilidad sobre parte del callejón; y mucho menos en una empresa privada y sus intereses particulares. Hasta la aparición de la polémica Instrucción de la Junta de Andalucía, a la que se opone rotundamente el Defensor andaluz, las acreditaciones de prensa gráfica las concedía la Junta de Andalucía -como responsable única y exclusiva del callejón. recogido en diversas normativas- de una forma plural, abierta y objetiva, ya que la Junta no tiene ningún tipo de interés particular en favorecer a un medio o vetar a otro, algo que una vez que lo ha delegado en manos de la empresa Pagés sí ha hecho.
En otras comunidades, como por ejemplo la extremeña, que ofrece muchos epectáculos al año, es la Junta de Extremadura la que concede las acreditaciones de prensa gráfica, ya que -al igual que el Defensor del Pueblo Andaluz- entiende de forma clara que su responsabilidad sobre el callejón no le permite delegar en ningún caso; y mucho menos en una empresa privada. De hecho, de forma contraria al veto que la empresa Pagés ha impuesto a la sección gráfica de SEVILLA TAURINA para acceder al callejón de la Maestranza, la Junta de Extremadura acredita al portal del mismo grupo BADAJOZ TAURINA para todos los festejos de todas las plazas de la provincia de Badajoz. En Andalucía, en cambio, el gobierno de la Junta de Andalucía piensa que lo progresista y democrático es conceder esta potestad a las empresas privadas.
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